El Poder Ejecutivo nacional promulgó la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, pero su aplicación quedó suspendida. El motivo: el Gobierno pidió al Congreso incorporar partidas presupuestarias y fuentes de financiamiento antes de ponerla en marcha.
Un escenario abierto en el Congreso
El Gobierno subrayó que será en la discusión del Presupuesto 2026 donde se definan los fondos necesarios para poner en marcha el esquema de emergencia en discapacidad, uno de los reclamos históricos del sector. Hasta entonces, la ley está promulgada, pero no ejecutable.
El Decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial, oficializó la promulgación de la Ley 27.793 y al mismo tiempo aclaró que su ejecución se suspende hasta que el Presupuesto 2026, enviado al Parlamento el 15 de septiembre, defina recursos y créditos específicos. El Ejecutivo se amparó en el artículo 5° de la Ley 24.629 -toda norma con gasto queda paralizada hasta la inclusión de partidas- y en el artículo 38 de la Ley 24.156, que obliga a precisar fuentes de financiamiento.
La norma había sido vetada en agosto (Decreto 534/25), pero el Congreso insistió con dos tercios de los votos: Diputados el 20/8, Senado el 4/9. Tras ese proceso, el 8/9 llegó al Ejecutivo para su promulgación.
Lo que establece la Ley 27.793 (pero aún no se aplica)
* Emergencia nacional en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga por un año.
* Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, equivalente al 70% del haber mínimo, con actualización previsional, compatibilidad laboral hasta dos salarios mínimos y suspensión automática si se supera ese tope. Incluye la conversión de oficio de las PNC vigentes.
* Cobertura de salud a través del Programa Incluir Salud y de las prestaciones de la Ley 24.901.
* Declaración de interés público de los servicios de prestadores 24.901, con compensación de emergencia por la brecha entre aranceles e IPC (diciembre 2023–diciembre 2024), y aranceles únicos con movilidad mensual por decreto.
* Exención del 50% de las contribuciones patronales durante tres años para empleadores que contraten trabajadores con discapacidad (art. 87 de la Ley 24.013).
* Fortalecimiento de ANDIS para auditorías, control de CUD y metas de transparencia, con informes anuales de ejecución y pagos.
Un escenario abierto en el Congreso
El Gobierno subrayó que será en la discusión del Presupuesto 2026 donde se definan los fondos necesarios para poner en marcha el esquema de emergencia en discapacidad, uno de los reclamos históricos del sector. Hasta entonces, la ley está promulgada, pero no ejecutable.
