ABUSO SEXUAL: EL PADRE QUE DEBÍA PROTEGERLAS FUE DECLARADO RESPONSABLE DEL MAYOR TRAUMA DE TRES NIÑAS

LOCALES POLICIALES

El agresor de 44 años aprovechaba que la madre trabajaba 15 horas al día para someter a las menores y amenazaba a la familia para ocultar los delitos. El tribunal ya dictó el veredicto de culpabilidad.

Un estremecedor caso de abuso sexual intrafamiliar llegó a su resolución en el ámbito judicial. Un hombre de 44 años fue declarado culpable de someter a sus hijas biológicas de 10 y 7 años, y a su hijastra de 13, en el interior de su vivienda.

La investigación, llevada adelante por la fiscal interina de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual (UDIS), Celina Morales Torino, demostró que el imputado se valía de su rol de cuidado para perpetrar los ataques y utilizaba graves amenazas de muerte para mantener a las niñas en silencio.

El calvario de las menores comenzó a salir a la luz en noviembre de 2024. Según consta en la causa, la madre de las niñas sostenía el hogar con tres empleos diferentes, lo que la obligaba a ausentarse diariamente entre las 7 y las 22 horas.

Este escenario de desprotección era el que el agresor aprovechaba para desplegar un patrón de conducta reiterado. Además, implementaba maniobras para distraer a los hermanos varones de las víctimas (de 12 y 9 años) y evitar que descubrieran lo que ocurría.

La situación cesó cuando la niña de 10 años no pudo contener más la angustia, rompió en llanto y le confesó a una vecina que su padre les hacía «cosas malas» y «cosas de grandes» a ella y a sus hermanas. Al enterarse, la madre radicó la denuncia de inmediato.

«El hogar que debía ser refugio se convirtió en una celda de silencio; el padre que debía ser protector se transformó en el autor de su mayor trauma», sentenció la fiscal Morales Torino en su alegato de clausura.

El veredicto judicial y los delitos imputados

El juez Pablo Farah avaló las pruebas presentadas por el Ministerio Público Fiscal y encontró al acusado culpable de una serie de delitos graves en concurso real e ideal:

Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia (dos hechos, en perjuicio de sus hijas biológicas).

Abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda y la convivencia (modalidad continuada, en perjuicio de su hijastra).

Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y la convivencia (en perjuicio de su hijastra).

Corrupción de menores agravada en perjuicio de las tres niñas.

¿Cómo sigue la causa?
A partir de la vigencia del nuevo Código Procesal Penal, el juicio se realizó de forma dividida. En esta primera instancia se determinó de manera contundente la culpabilidad del acusado.

La pena exacta en años de prisión que deberá cumplir el agresor se definirá en una audiencia de cesura, cuya fecha se confirmará en los próximos días. Hasta entonces, el condenado permanecerá alojado de forma preventiva en la Alcaidía general.

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